Preguntas Frecuentes

No. La patente es un acto administrativo emitido por la Dirección de Invenciones del INDECOPI por el cual se otorga un monopolio temporal de protección y exclusividad al titular de una invención. Cuando nos referimos a una marca, lo más adecuado es decir “registro mi marca”.

Sí, siempre y cuando cumpla con los requisitos de distintividad, es decir que sea susceptible de distinguir a un producto o servicio y no sea genérica ni descriptiva de la clase. Cuando hablamos de la clase, nos referimos a la clasificación internacional de Niza que es un listado de productos y servicios de todas las industrias.

No, el registro de tu marca no es obligatorio; sin embargo recomendamos el registro como el medio más eficiente de protección y explotación comercial de la misma.

El poder es necesario para que nosotros en registratumarca.com.pe podamos representarte ante el INDECOPI y de esa manera ahorrarte tiempo y gastos asociados al acudir a las oficinas del INDECOPI o hacer llamadas y/o consultas para conocer el estado de tu expediente.

Estas son las tasas, puedes acceder a ellas a través del siguiente link https://www.indecopi.gob.pe/web/signos-distintivos/tasas:

  • Busqueda figurativa de marca en una clase S/38.46
  • Solicitud de registro de marca en una clase S/534.99.

Estas son las tasas, puedes acceder a ellas a través del siguiente link https://www.indecopi.gob.pe/web/signos-distintivos/tasas:

  • Busqueda figurativa de marca en una clase S/38.46
  • Solicitud de registro de marca en una clase S/534.99.

No. Las tasas y los honorarios no son reembolsables. Las tasas son los costos que el INDECOPI asigna a sus procedimientos; en este caso todas las tasas relacionadas al registro de una marca, una vez pagadas, no son reembolsables. Del mismo modo, nuestros honorarios no son reembolsables cualquiera sea el resultado.

En caso tu marca no salga registrada, los abogados de Registratumarca.com.pe tendrán que analizar la resolución final del INDECOPI y propondrán las soluciones más adecuadas.

No puedes cambiar el nombre de tu marca en el transcurso del procedimiento. En caso pretendas modificar tu marca, se entenderá que es una nueva solicitud de registro.

Al ser respaldados por Unión Andina de Patentes S.A.C., nuestra experiencia y especialización nos permiten brindarte la mejor asesoría del medio; sin embargo la decisión sobre el registro de tu marca la toma el INDECOPI, por lo cual no podemos asegurar al 100% el éxito del procedimiento de registro pero te brindamos toda la información y experiencia para que puedas tomar la mejor decisión en la protección de tu marca.

En la segunda etapa del procedimiento de registro de tu marca, se asignará el expediente a un examinador para que evalúe si cumple con ciertos requisitos de forma. Por ejemplo, si el poder de representación cuenta con las facultades necesarias, si los productos y/o servicios descritos corresponden a la clase indicada, entre otros aspectos. En caso la solicitud cuente con una observación, se notificará la misma con un plazo para su subsanación.

Consiste en revisar diariamente la Gaceta Electrónica del INDECOPI con el objetivo de identificar marcas que puedan afectar los derechos de su marca registrada o en trámite. En caso se identifique un antecedente relevante, el analista administrativo se comunicará con usted vía correo electrónico y WhatsApp adjuntando el reporte de alerta respectivo. En caso usted desee presentar una oposición a la marca identificada en el reporte de alerta, podrá solicitar la correspondiente cotización al correo administracion@registratumarca.com.pe

El proceso de registro de tu marca se divide en los siguientes pasos:

  1. Presentación de la solicitud de registro.
  2. Examen de Forma.
  3. Publicación en la Gaceta Electrónica de INDECOPI.
  4. Examen de Fondo.

En RTM Registra Tu Marca nos encargaremos de monitorear y actualizarte de todo el proceso de tu marca.

Cuando INDECOPI analice la registrabilidad de tu marca, revisará los antecedentes relevantes de la clase correspondiente o, en caso medie una oposición, los argumentos del opositor. Si INDECOPI identifica un antecedente relevante y/o de mediar una oposición, procederá al análisis de riesgo de confusión que implica la evaluación de dos criterios: 1) Si la marca solicitada es similar a la marca identificada en los antecedentes y/o a la marca opositora, desde un punto de vista fonético, gramatical, gráfico y conceptual; y, 2) Si la marca solicitada guarda conexión comercial con la marca identificada en los antecedentes y/o la marca opositora, esto es si los productos/servicios distinguidos por ambas marcas podrían guardar algún tipo de vinculación comercial. Si ambos criterios se cumplen, INDECOPI concluirá que existe riesgo de confusión y por tanto, denegará el registro de tu marca.

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